21 de noviembre de 2014
Alegaciones de EHKEEF a la propuesta de regulación de asociaciones del Excmo. Ayuntamiento de Donostia.
Desde EHKEEF no entendemos por qué se considera necesario, fijar unas distancias mínimas entre nuestra actividad y los centros educativos y centros de salud, para evitar, siquiera
Indirectamente, la promoción al consumo de una sustancia que puede tener especiales efectos nocivos en poblaciones de riesgo: grupos vulnerables como menores o personas diagnosticadas con patologías mentales.
La actividad de las asociaciones es privada y no puede restringirse el derecho a reunión. Solo si se considerara nuestra actividad como publica podríamos ser limitados. Al ser una actividad privada no se nos puede obligar a reunirnos lejos de nuestro entorno natural. El objetivo detrás de esta regulación es la creación de espacios cannabicos tipo discoteca que para nada tienen que ver con los derechos individuales de los consumidores ni de los colectivos, sino de los intereses de los llamados coffeshops o Clubes de Cannabis.
El alejar las asociaciones del centro o limitar su cercanía a colegios, hospitales y demás se entendería si fuera nuestra actividad de carácter público, pero no entendemos que los bares que venden alcohol y tabaco no tengan esa limitación y nosotros que no estamos abiertos al público si, entendemos que se vulneran nuestros derechos tanto individuales como colectivos.
Si esta limitación tiene como objetivo garantizar, que tanto menores como personas con problemas mentales accedan a estas asociaciones, debería saber el excelentísimo ayuntamiento de Donostia que eso es un delito, y las asociaciones se encargan a través de sus códigos deontológicos, estatutos y régimen sancionador de no aceptar a ningún menor, ni personas con problemas psíquicos ( para los que el cannabis sea nocivo) de velar y garantizar el cumplimiento de la ley. Pensar que la distancia es la razón por la que menores y demás no accedan a las asociaciones es cuanto menos ridículo.
Por qué también, se considera oportuno regular la instalación de este tipo de Establecimientos a través de la fijación de un régimen de distancias entre los Mismos, para poder evitar posibles efectos negativos o perjudiciales y en consecuencia, las molestias al vecindario.
En cuanto a las instalaciones, las asociaciones son grupos de usuarios, no empresas de hacer dinero que pueden permitirse locales que valen un dineral. Con esta regulación se imposibilita a todas las asociaciones con estructuras pequeñas y masa social reducida, (puesto que son obligadas a incurrir en costes y gastos no relativos a los derechos de los usuarios y al de reunión) a establecer su sede social donde buenamente puedan o su economía se lo permita.
Entendemos que se nos discrimina con respecto al resto de asociaciones sin ánimo de lucro a los cuales no se les exigen estos requisitos. Entendemos que una regulación es positiva, siempre y cuando participemos TODAS/OS los agentes implicados, se analice la situación real, y se reglamente con equidad y sin vulnerar ningún derecho de nadie.
Por todo esto, redactamos estas alegaciones en plazo, para que se tomen en cuenta y surtan efecto.
No puede ser que el ayuntamiento de Donostia pretenda regular bajo el mismo prisma a asociaciones como gaztelubide y al Mac Donald y si el ayuntamiento pretende realizar la regulación sin siquiera contactar con nosotros nos veremos avocados a realizar alegaciones como esta.
Adjuntamos nuestra propuesta de regulación y con el deseo de que en futuros debates y proyectos se nos tome en cuenta como agentes implicados que somos.
Sin más asunto, les saluda atentamente, la junta directiva de EHKEEF
Contacto: ehkeef@gmail.com