Goricko, 26 de septiembre de 2014
La Asamblea General de la Coalición Europea por Políticas de Drogas Justas y Eficaces, en su sesión de 2014, ha adoptado las siguientes reglas internas:
Cuando el Comité Ejecutivo considera que un socio de Encod de manera deliberada ha causado o está causando daño físico, material, psicológico o moral a sea otro socio sea la asociación como tal, el CE puede decidir de suspender su membrecía hasta la próxima AG, en la que el socio tiene derecho a desafiar esta decisión.
Durante la suspensión, el socio sigue en la obligación de pagar su contribución de membrecía para el año en curso.
El CE tiene que hacer llegar la decisión de suspensión al socio mediante una carta /mensaje electrónico enumerando los argumentos e indicando los pormenores de la reunión en que ha sido tomada.
La decisión tiene que ser tomada siguiendo un procedimiento formal que debe incluir la colección de toda la información necesaria para considerar el caso, incluyendo la posibilidad de enviar uno o más mediadores a fin de asegurar que todo esfuerzo haya sido hecho para evitar la suspensión.