Fuente: EFE
15 de julio de 2010
Bruselas, 15 jul (EFE).- Un abogado general del Tribunal de Justicia de la UE ha respaldado hoy la decisión del municipio holandés de Maastritch de prohibir el acceso a los “coffee shops” a los no residentes en Holanda, al considerarlo compatible con el Derecho comunitario y necesario para preservar el orden público.
Según el letrado, esta medida no entra en conflicto con los principios de libre circulación de ciudadanos, bienes y servicios en la UE, ya que la principal actividad económica de los establecimientos conocidos como “coffee shops” es la venta de derivados del cannabis, que es ilegal en toda la UE.
El abogado general Yves Bot se ha pronunciado así sobre el litigio entre al propietario de uno de estos establecimientos en Maastritch y las autoridades de este municipio, que ordenaron cerrar el local por no respetar su decisión de restringir el acceso a los residentes holandeses.
La administración local tomó esta medida en respuesta a los problemas que genera la “considerable y creciente afluencia de turistas de la droga”, según explicó el Tribunal en un comunicado.
En Holanda, la posesión de marihuana y hachís está despenalizada, mientras que su venta está prohibida por la legislación nacional.
No obstante, en la práctica esta actividad es tolerada por las autoridades, y está regulada por unas instrucciones del ministerio fiscal que establecen que los locales con la licencia necesaria no pueden tener más de 500 gramos de cannabis en “stock” ni vender más de 5 gramos por persona y día.
Dichas disposiciones señalan además que la venta de las drogas “no debe ocasionar molestias”, según la nota.
En sus conclusiones, el abogado general destaca que los estupefacientes en general y el cannabis en particular no son una mercancía como las demás, y subraya que su venta escapa a las libertades de circulación garantizadas por el Derecho de la Unión, puesto que su comercialización es ilícita en toda la UE, aunque esté tolerada en Holanda.
Además, Bot señala que los clientes que adquieran cannabis en un “coffee shop” pueden llevárselo a otros Estados miembros, exponiéndose a ser objeto de acciones penales por exportación o importación ilícitas de estupefacientes.
El abogado general considera, por lo tanto, que la medida adoptada por el municipio de Maastricht no está incluida en el ámbito de aplicación de la libre prestación de servicios.
El letrado también recuerda que los Estados miembros son responsables del mantenimiento del orden público en su territorio, y que en este caso, la exclusión de los no residentes de los “coffee shops” “es una medida necesaria para proteger a los habitantes de la localidad de los problemas que genera dicho fenómeno”.
Por último, afirma que la medida también puede considerarse válida por su contribución a la lucha contra el tráfico de estupefacientes dentro de la UE.
Las conclusiones de los abogados generales no son vinculantes, sino que proponen al Tribunal de Justicia “con absoluta independencia” una solución jurídica al asunto del que se ocupa.
A partir de aquí, los jueces de la máxima instancia judicial europea comenzarán sus deliberaciones antes de dictar sentencia.