[Carta abierta a los Gobiernos de la región presentes en la Asamblea General de la OEA->
http://www.druglawreform.info/es/temas/fracaso-de-la-guerra-a-las-drogas/item/4810-carta-abierta-a-los-gobiernos-de-la-region-presentes-en-la-asamblea-general-de-la-oea]
Transnational Institute
Antigua, Guatemala – Junio 2013
Es urgente poner la protección de los derechos humanos en el centro del debate sobre las políticas de drogas en las Américas
Las organizaciones firmantes saludamos la apertura al debate sobre las políticas de drogas que han impulsado algunos Estados de América Latina en los últimos meses. La Asamblea General que se celebrará en la Antigua será una oportunidad para discutir los límites y perjuicios de las políticas existentes y la posible adopción de alternativas.
En los últimos años se ha hecho aún más evidente la necesidad de discutir el alcance y pertinencia de las políticas de drogas adoptadas en cada uno de los países de las Américas, pues ha surgido evidencia empírica sólida, amplia y diversa de que dichas políticas son ineficaces y tienen graves efectos negativos, en especial si se les analiza desde un enfoque de derechos humanos. Las políticas prohibicionistas y la guerra contra las drogas han recrudecido los conflictos violentos en la región, al crear un enorme mercado ilegal controlado por complejas organizaciones delictivas. Estos conflictos se localizan generalmente en zonas empobrecidas, profundizando aún más el deterioro de las condiciones de vida y la estigmatización de sus habitantes.
En nuestra condición de organizaciones dedicadas a promover el respeto y garantía efectiva de los derechos humanos queremos enfatizar que la revisión de las políticas de drogas resulta necesaria en la región tanto por razones empíricas como normativas.
A partir de un enfoque empírico, las investigaciones basadas en evidencias, muestran cada vez más claramente que las políticas de drogas están teniendo impactos negativos en los derechos humanos en la región. Por una parte, las políticas represivas tienden a vulnerar de manera directa los derechos humanos de miles de personas, en especial de aquellas que son judicializadas, muchas veces sin el cumplimiento de garantías penales básicas, y de quienes son enviados a la cárcel, pues suelen enfrentar condiciones infrahumanas, como las asociadas con el hacinamiento. Estas políticas tienden a tener impactos desproporcionados en ciertos grupos, especialmente vulnerables, y por esa vía, reproducen la discriminación y terminan vulnerando derechos fundamentales.
Por otra parte, las políticas prohibicionistas han colaborado en la formación de organizaciones armadas dedicadas a actividades criminales entre las que se destaca el tráfico de drogas, y que producen fenómenos de violencia importantes y por esta vía afectan los derechos de las personas en las Américas. Dado que la violencia es la forma primordial de regulación de los mercados ilegales, el tráfico de sustancias prohibidas está necesariamente acompañado por el tráfico de armas, de las peleas por los territorios, la corrupción y socavamiento de las instituciones democráticas, especialmente las policías, la justicia y las instituciones de gobierno. La revisión del paradigma de la ‘guerra contra las drogas’ debe ser vista como parte de una iniciativa para la reducción de la violencia.
Desde el punto de vista normativo también es claro hoy que las obligaciones internacionales de derechos humanos deben prevalecer sobre aquellas que han adquirido en materia de sustancias sicoactivas prohibidas o fiscalizadas. Esto se debe a que los compromisos internacionales en derechos humanos tienen mayor jerarquía normativa, pues el deber de los Estados de respetar los derechos humanos es un mandato que tiene su base en la Carta de las Naciones Unidas, que es un tratado que predomina sobre cualquier otra convención; y además, el principio del deber de los Estados de respetar los derechos humanos ha sido considerado por muchos doctrinantes como una norma de Ius Cogens o norma imperativa de derecho internacional, que no admite una convención en contrario. Por consiguiente, el derecho internacional de las drogas debe ser entendido e interpretado, y si es necesario adaptado, en una forma que sea compatible con las obligaciones internacionales en derechos humanos. El principio rector de las políticas debería siempre estar centrado en el ciudadano, y la protección integral de sus derechos.
Este modelo prohibicionista ha servido para ampliar las brechas sociales, las inequidades económicas, las diferencias políticas y las asimetrías internacionales. Las prácticas efectivas y específicas de los Estados muestran que el régimen internacional en torno a las drogas no ha cambiado en el siglo que ha trascurrido desde su configuración inicial. En gran medida, este régimen tan rígido atraviesa una coyuntura crítica pues tanto su credibilidad como su legitimidad están seriamente erosionadas.
Por lo anterior, hacemos un llamado a los Gobiernos de las Américas a que refuercen sus compromisos en materia de derechos humanos frente a las políticas de drogas, y en esa medida, discutan y replanteen las iniciativas existentes, con el fin de ubicar los derechos humanos en el centro del debate.
Firman:
1. A.C. y Cultura Joven A.C., México
2. Acción Técnica Social (ATS), Colombia
3. American Civil Liberties Union (ACLU), Estados Unidos
4. Associação Brasileira de Saúde Coletiva (ABRASCO), Brasil
5. Associação Brasileira de Saúde Mental (ABRASME), Brasil
6. Asociación Civil por el Derecho a la Salud, Argentina
7. Associação pela Reforma Prisional (ARP), Brasil
8. Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH), Perú
9. Canadian Civil Liberties Association (CCLA) – Canadá
10. Canadian Drug Policy Coalition, Canadá
11. Centro de Análisis Forense y Ciencias Aplicadas (CAFCA), Guatemala
12. Centro Brasileiro de Estudos de Saúde (CEBES), Brasil
13. Centro Cáritas de formación para la atención de las farmacodependencias y situaciones críticas asociadas, Mexico
14. Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh),
México.
15. Centro de Derechos Humanos de la Montaña “Tlachinollan”, México
16. Centro de Direitos Econômicos e Sociais (CDES), Brasil
17. Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), Argentina
18. Centro de Estudos de Segurança e Cidadania da Universidade Cândido
Mendes, Brasil
19. Centro de Investigación Drogas y Derechos Humanos (CIDDH), Perú.
20. Colectivo por una Política Integral de Drogas (CUPIHD), México
21. Comisión Colombiana de Juristas, Colombia
22. Comité de Familiares de Detenidos-Desaparecidos (COFADEH), Honduras
23. Conectas Direitos Humanos, Brasil
24. Consorcio Internacional sobre Políticas de drogas (IDPC)
25. Coordinadora de Derechos Humanos del Paraguay (CODEHUPY), Paraguay
26. Coordinación Nacional de Organizaciones de Mujeres Trabajadoras
Rurales e Indígenas (CONAMURI), Paraguay
27. Corporación Humanas, Colombia
28. Corporación Humanas, Chile
29. Dejusticia – Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad, Colombia
30. Drug Policy Alliance (DPA), Estados Unidos
31. Due Process of Law Foundation (DPLF)
32. Espolea Asociación Civil, México
33. Fundación Myrna Mack, Guatemala
34. Fundar, México
35. Gabinete de Assessoria Jurídica às Organizações Populares (GAJOP),
Brasil
36. Harm Reduction Coalition (HRC), Estados Unidos
37. Intercambios Asociación Civil, Argentina
38. Instituto de Defesa do Direito de Defesa (IDDD), Brasil
39. Instituto de Defensa Legal (IDL), Perú
40. Instituto de Estudios Legales y Sociales del Uruguay (IELSUR), Uruguay
41. Justiça Global, Brasil
42. México Unido contra la Delincuencia (MUCD), México
43. Movimiento de Mujeres por la Paz Visitación Padilla, Honduras
44. Movimento Nacional da Luta Antimanicomial (MNLA), Brasil
45. Observatorio de Derechos Humanos de Pueblos Indígenas, Argentina
46. Observatorio de Derechos Humanos de Rio Negro, Argentina
47. Oficina de Washington para Latinoamérica (WOLA), Estados Unidos
48. Plataforma Dhesca Brasil
49. Psicotropicus, Brasil
50. Puente, Investigación y Enlace (PIE), Bolivia
51. Red Andina de Información, Bolivia
52. Red Chilena de Reducción de Daños, Chile.
53. Tierraviva, Paraguay
54. Transnational Institute (TNI)